viernes, 26 de enero de 2018

Colegiación.

La colegiación profesional es una institución que surge desde los orígenes del ejercicio habitual que la conforman ciertas actividades laborales, las cuales entonces se convertirían en lo que hoy se conoce como profesiones, y radica de la reunión o asociación de  personas que realizan la misma actividad, el principal objetivo es representar los intereses colectivos de los miembros de estas asociaciones frente al Estado.

Los mencionados anteriormente además  de buscar el beneficio para sus agremiados, también ejercen funciones en beneficio de una colectividad que solicita la prestación eficaz de los servicios de estos, así como la vigilancia del correcto ejercicio profesional, acciones disciplinarias por mala práctica e incluso la certificación de conocimientos y aptitudes, con el objeto de mejorar la calidad de los servicios prestados por los profesionales. No obstante, para poder  desempeñar adecuadamente estas atribuciones que están relacionadas a la regulación y control del ejercicio de las profesiones, los colegios o asociaciones de los mismos requieren, y han requerido, de una condición indispensable: la obligatoriedad de afiliación o pertenencia a las mismas.
                                                
En pocas palabras, la finalidad de los colegios profesionales es la ordenación del ejercicio de las profesiones, la representación exclusiva de las mismas, y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados. El colegio debe velar por el cumplimiento de una buena labor profesional, donde la práctica ética del trabajo se constituye como uno de los principios comunes que ayudan a definir los estatutos de cada corporación, esto aplica tanto para arquitectos, ingenieros u otros profesionales.




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